Uno de los juegos mas populares en España, relacionados con el fútbol es la quiniela , ademas de la versión principal de este juego, hay otras variantes, como ejemplo veremos el quinigol , que también reparte buenos premios y ofrece mucha diversión a los participantes. Ambos juegos, son juegos de azar, gestionados por loterias y apuestas del estado, todo realizado de forma oficial por el gobierno español, parte del dinero recaudado pasa a formar parte del bote destinado a premios y la otra parte va como beneficio del organizador y para cubrir gastos, los equipos de futbol que participan en este juego también reciben un dinero proporcional a los beneficios.
LA QUINIELA
La QUINIELA es un juego de azar gestionado por Loterías y Apuestas del Estado y que se basa principalmente en las dos primeras ligas de futbol españolas. La quiniela cuenta con una larga historia, pues tiene sus orígenes en España en el año 1946, y tiene una gran tradición en el país, especialmente gracias a la promoción que proporcionan las diferentes peñas futbolísticas que se reunen para cumplimentar los boletos de forma conjunta. En la actualidad, la apuesta de la quiniela consiste en predecir el resultado de quince partidos de la jornada, usualmente diez de la primera división y otros cinco de la segunda división españolas. Los premios de la quiniela proceden del cincuenta y cinco por ciento de la recaudación obtenida, y se dividen en diferente proporción en función de los aciertos obtenidos, desde el pleno al quince, al que corresponde un veintidós por ciento respecto del total recaudado hasta los diez aciertos, premiados con un interesante nueve por ciento de la recaudación semanal. En nuestra web podras encontrar todos los resultados de la quiniela y conocer las estadísticas de la quiniela para que, en las próximas jornadas, logres unos mejores resultados jugando con la quiniela.
EL QUINIGOL
¿Qué es el quinigol? El QUINIGOL es un juego de azar que gestiona directamente Loterías y Apuestas del Estado. En el quinigol , lo único que tienes que hacer es apostar cuántos goles marcará cada equipo en cada uno de los diferentes partidos de fútbol que se disputen, tanto a nivel de clubes de fútbol como a nivel de selecciones nacionales de fútbol. En cada boleto del quinigol aparecen seis diferentes partidos relevantes con los nombres de los equipos que disputarán el partido, y cada apuesta en el quinigol cuesta solamente un euro, por lo que es una gran oportunidad para conseguir una buena cantidad de dinero, especialmente si eres un entendido en fútbol. Has de apostar si un equipo marcará uno, dos o más goles, y los premios se reparten en base al 55% de la recaudación obtenida durante la semana, en seis categorías diferentes: la primera categoría del quinigol corresponde a aquéllos que han acertado los goles marcados en los seis partidos y se llevará un impresionante 10% de toda la recaudación; los premios de la segunda categoría, para quien haya acertado cinco partidos, ganará nada más y nada menos que el 9% de la recaudación semanal del quinigol; y así, hasta un mínimo de dos partidos acertados, a los que corresponde un premio de un 2% del quinigol.
NORMATIVA DE LA QUINIELA
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NORMAS SOBRE LOS CONCURSOS
DE PRONÓSTICOS
A PARTIR DE LA
TEMPORADA 2014 – 2015
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NORMAS SOBRE LOS CONCURSOS
DE PRONÓSTICOS
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ANEXO
NORMAS
QUE REGULAN LOS CONCURSOS DE PRONÓSTICOS DE LA APUESTA
DEPORTIVA EN SU MODALIDAD DE “LA QUINIELA”
TÍTULO I
Capítulo Primero
LOS CONCURSOS
1ª. Las presentes normas tienen por objeto establecer las condiciones por las que se
rigen los concursos de pronósticos sobre resultados de partidos de fútbol que
figuren en competiciones autorizadas por la Real Federación Española de Fútbol u
otras instituciones de ámbito nacional o internacional. La participación en los
mismos queda limitada a pagar el importe correspondiente y entregar o remitir sus
pronósticos en la forma establecida por estas normas.
2ª. El hecho de participar en un concurso implica el conocimiento de estas normas por
el participante y su adhesión a las mismas, quedando sometida su apuesta a las
condiciones que en ellas se establecen.
Capítulo Segundo
DEFINICIONES
3ª. Apuesta.- Es el conjunto de 15 pronósticos pertenecientes cada uno a un partido
distinto.
Bloque.- Es el conjunto de 42 recuadros o casillas ordenados de tres en tres por
cada uno de los catorce partidos combinables y en los que figuran el signo 1, el
signo X y el signo 2, respectivamente y en orden de izquierda a derecha.
Partidos combinables.- Son los primeros catorce partidos que figuran en el boleto
ordenados de arriba abajo en la posición normal de lectura.
Pleno al 15.- Es el partido situado a continuación de los partidos combinables y
cuyos pronósticos completan todas las combinaciones desarrolladas con los otros
catorce partidos formando las apuestas.
Pronóstico.- Es la marca reflejada en alguno de los tres signos que ofrece cada
uno de los 14 partidos combinables del boleto. Para el Pleno al 15 es la marca
doble, una por conjunto, reflejada en alguno de los cuatro signos que forman parte
de cada uno de los dos conjuntos de casillas, que aparecen a la derecha de cada
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uno de los equipos o denominaciones, formados con los signos “0”, “1”, “2” y “M”,
un conjunto correspondiente al equipo consignado en primer lugar (o denominado
Equipo 1 en los boletos sin partidos) y el otro conjunto correspondiente al equipo
consignado en segundo lugar (o denominado Equipo 2 en los boletos sin partidos).
Capítulo Tercero
PARTICIPACIÓN EN LOS CONCURSOS
4ª. 1.- En todo caso, son condiciones fundamentales para participar en los concursos,
a las que presta su conformidad todo participante, las siguientes:
a) Que los pronósticos hayan sido registrados válidamente y no anulados en un
soporte de los sistemas informáticos centrales, de acuerdo con los requisitos y
formalidades establecidas en estas normas.
b) Que dicho soporte se encuentre en poder de la Junta Superior de Control para su
custodia y archivo antes de la hora de comienzo de los partidos que integran el
concurso.
2.- A los efectos antes señalados se entenderá como soporte informático del
Sistema Central los discos ópticos, cintas, cartuchos o discos magnéticos en los
que se grabarán las apuestas correspondientes a cada concurso.
Capítulo Cuarto
DISTRIBUCIÓN DE FONDOS PARA PREMIOS
5ª. El precio de cada apuesta queda fijado en 0,50 Euros.
6ª. Se destina a premios el 55 por 100 de la recaudación íntegra, que se encuentra
dentro de los límites contenidos en el artículo 15 de la Orden EHA/3081/2011, de 8
de noviembre por la que se aprueba la reglamentación básica de las apuestas
deportivas mutuas (BOE nº 277, de 17 de noviembre de 2011), que se distribuirá
como sigue:
a) El 46,5 por 100 se destina a satisfacer las cinco categorías de premios que
se establecen en la norma 7ª.
b) El 8,5 por 100 que resta se destina a satisfacer los premios de la categoría
especial en las condiciones que se establecen en la norma 8ª.
7ª. 1.- Los porcentajes para cada categoría sobre la recaudación íntegra, entre las que
se distribuye el 46,5 por 100 a que se refiere el apartado a) de la norma 6ª, son los
que a continuación se determinan:
– Categoría Primera: El 15 por 100 de la recaudación íntegra a partes iguales
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entre las apuestas cuyos pronósticos obtengan 14 aciertos en los partidos
combinables.
– Categoría Segunda: El 7,5 por 100 de la recaudación íntegra a partes iguales
entre las apuestas cuyos pronósticos obtengan 13 aciertos en los partidos
combinables.
– Categoría Tercera: El 7,5 por 100 de la recaudación íntegra a partes iguales
entre las apuestas cuyos pronósticos obtengan 12 aciertos en los partidos
combinables.
– Categoría Cuarta: El 7,5 por 100 de la recaudación íntegra a partes iguales entre
las apuestas cuyos pronósticos obtengan 11 aciertos en los partidos combinables.
– Categoría Quinta: El 9 por 100 de la recaudación íntegra a partes iguales entre
las apuestas cuyos pronósticos obtengan 10 aciertos en los partidos combinables.
2.- En el supuesto de que la categoría primera no tuviera acertantes, el fondo a ella
destinado incrementará el de la categoría especial del concurso que designe
Loterías y Apuestas del Estado.
3.- Si no existieran acertantes de la categoría segunda el fondo a ella destinado
incrementará el de la categoría tercera. Si tampoco hubiera acertantes de la
categoría tercera, ambos fondos incrementarán el de la categoría cuarta. Si
tampoco hubiera acertantes de la categoría cuarta, ambos fondos incrementarán el
de la categoría quinta. Si tampoco hubiera acertantes de la categoría quinta, ambos
fondos incrementarán el de la categoría especial del concurso que designe Loterías
y Apuestas del Estado.
4.- En ningún supuesto el importe de cada uno de los premios de una categoría
inferior puede resultar superior al de las precedentes. A tal efecto, si el importe que
correspondiera a cada uno de los acertantes de una categoría fuese inferior a los
de la categoría siguiente, los fondos destinados a premios de las dos categorías se
sumarían para repartir por partes iguales entre los acertantes de ambas. Si, a pesar
de esta adición, los premios de las dos categorías a que afecten resultaran de
menor cuantía a otra categoría inferior, se sumarán los fondos destinados a las tres
categorías para repartirlo entre todos los acertantes de ellas y así sucesivamente se
procederá con todas las categorías contenidas en el punto uno de esta norma.
5.- Si desde un principio, o como resultado de la aplicación de lo dispuesto en el
punto 4 anterior, correspondiese a cada una de las apuestas premiadas de la
categoría cuarta una cantidad inferior a un euro, quedarán sin premio y el fondo
total será distribuido entre las apuestas acertadas de la categoría tercera. Si a
pesar de ello correspondiese a cada una de las apuestas premiadas de la categoría
tercera una cantidad inferior a un euro, quedarán sin premio y el fondo total será
distribuido entre las apuestas acertadas de la categoría segunda. Si a pesar de ello
correspondiese a cada una de las apuestas premiadas de la categoría segunda una
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cantidad inferior a un euro, quedarán sin premio y el fondo total será distribuido
entre las apuestas acertadas de la categoría primera. En ningún caso dejará de
aplicarse la cantidad reservada para los premios de la categoría primera, cualquiera
que sea la cuantía.
6.- Si correspondiese a cada una de las apuestas premiadas de la categoría quinta
una cantidad inferior a un euro los acertantes no la percibirán y el fondo a ella
destinado incrementará el de la categoría especial del concurso que designe
Loterías y Apuestas del Estado.
8ª. Categoría Especial:
1.- El 8,5 por 100 de la recaudación íntegra se distribuirá a partes iguales entre
todas las apuestas a las que en ese concurso les corresponda premio de la
categoría primera y tengan acertado el resultado a goles del partido denominado
«Pleno al 15», el cual no forma parte de los 14 partidos que integran la base de los
concursos.
2.- En el supuesto de que esta categoría especial no tuviera acertantes, el fondo a
ella destinado incrementará el de la misma categoría del concurso que designe
Loterías y Apuestas del Estado.
3.- Todos los fondos que incrementen el de la categoría especial de una jornada
que designe Loterías y Apuestas del Estado han de ser anunciados en la web de
Loterías y Apuestas del Estado indicando su importe y el número y la fecha de la
jornada a que se agreguen.
Capítulo Quinto
ADMISIÓN DE APUESTAS
9ª. Existen tres sistemas de admisión o validación de apuestas: sistema de validación
informática, sistema de validación por soporte magnético y sistema de validación
por Internet. Los dos primeros sistemas podrán realizarse en los establecimientos
autorizados por Loterías y Apuestas del Estado.
TÍTULO II
SISTEMA DE VALIDACIÓN INFORMÁTICA
Capítulo Primero
FORMULACIÓN DE APUESTAS, RESGUARDOS Y CANCELACIONES
10ª. 1.- Las apuestas podrán formularse en este sistema de las siguientes formas:
a) Mediante la presentación en un establecimiento autorizado para su lectura por el
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terminal de los boletos-octavillas editados al efecto por Loterías y Apuestas del
Estado, en el que se hayan consignado los pronósticos de acuerdo a las
normas 17ª a 23ª. En este caso el boleto se utiliza únicamente como soporte de
la lectura, por lo que carece de otro valor.
b) Tecleando los pronósticos directamente sobre el terminal por el gestor del punto
de venta.
c) Mediante la solicitud de apuestas formuladas al azar por el terminal, modalidad
denominada “automática”.
Si se elige esta forma, el participante puede solicitar que las apuestas sean
formuladas por el método de apuestas sencillas, en cuyo caso puede solicitar
desde 2 hasta 8 apuestas, ambas inclusive, según establece la norma 19ª, o
bien puede solicitar que sean formuladas por el método Múltiple Directo según
establecen las normas 20ª y 21ª, indicando el número de dobles y triples de
entre los autorizados según la tabla incluida como Anexo I y, además, indicar si
el Pleno al 15 lleva uno, dos, tres o cuatro signos en cada uno de los dos
equipos. En ambos casos las apuestas le serán asignadas de forma aleatoria.
2.- El participante deberá abonar el importe de las apuestas efectuadas antes de la
entrega del resguardo o, en su caso, resguardos, emitidos por el terminal.
3.- Las apuestas formuladas las transmitirá el terminal al Sistema Central que las
registrará en un soporte informático. A continuación, el terminal expedirá uno o
varios resguardos, en los que constarán los siguientes datos:
– Tipo de juego.
– Pronósticos efectuados.
– Fecha de la jornada o semana en que participa.
– Número de apuestas.
– Importe de las apuestas jugadas.
– Números de control.
4.- Para las apuestas que participan por los métodos múltiples reducido y
condicionado, regulados en las normas 22ª y 23ª, en el resguardo constará,
además, la indicación de los números de los partidos que hayan sido elegidos para
la reducción o para ser condicionados, así como las condiciones, de acuerdo a lo
establecido en estas normas.
5.- El resguardo es el único instrumento válido para solicitar el pago de premios y
constituye la única prueba de participación en los concursos. A todos los efectos
quedará identificado por los números de control que figuran en él.
11ª. El participante es el único responsable de la correcta cumplimentación de su boleto
y deberá comprobar en el momento de recibir el resguardo si las apuestas y los
pronósticos contenidos en él son de conformidad, además de que han sido
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impresos correctamente los datos que establece la norma 10ª.3.
12ª. Entregado el resguardo al participante, no se accederá a la solicitud que pudiera
formular éste sobre su anulación, salvo que ésta sea necesaria debido a un fallo del
terminal o de su impresora. No podrán rectificarse pronósticos una vez que han sido
validados correctamente por el terminal. Tampoco podrán rectificarse o formularse
pronósticos por telegrama, carta o cualquier otro procedimiento no contemplado en
estas normas.
13ª. Los gestores de los puntos de venta son intermediarios independientes asumiendo
la responsabilidad de la perfecta ejecución de todas las operaciones a su cargo, sin
que en ningún caso sus posibles anomalías puedan ser imputadas a Loterías y
Apuestas del Estado.
14ª. Los gestores de los puntos de venta entregarán al Delegado Comercial de Loterías
y Apuestas del Estado al que estén adscritos, o persona que le represente, los
resguardos validados y posteriormente cancelados según lo dispuesto en la norma
12ª, así como las incidencias detectadas en las validaciones de los boletos.
15ª. Recibidos por el Delegado Comercial los resguardos de cancelación unidos a sus
correspondientes resguardos de apuestas validadas, procederá a remitirlos a la
Junta Superior para el control y custodia de los mismos.
16ª. Terminado el período de validación se remitirá a la Junta Superior de Control, por
el responsable de los sistemas centrales informáticos, el soporte que contenga
todas las apuestas validadas, incluso las canceladas, y por el del Servicio de
Escrutinio, el detalle del número de resguardos validados, las apuestas que
participan y la venta obtenida para el concurso.
Capítulo Segundo
FORMA DE PRONOSTICAR
17ª. 1.- a) Para pronosticar los partidos combinables se marcará con el signo «X», en los
bloques del boleto, la casilla que contenga el resultado elegido en cada partido
teniendo en cuenta que: marcar el signo «X» sobre la casilla que contiene el 1,
significa pronosticar ganador al equipo que figura en primer lugar; marcar el signo
«X» sobre la casilla que contiene la X, significa pronosticar empate a goles de los
dos equipos y marcar el signo «X» sobre la casilla que contiene el 2, significa
pronosticar ganador al equipo que figura en segundo lugar. El lugar donde se
celebren los partidos no afecta a estos concursos.
b) Para pronosticar el partido del Pleno al 15 se marcará con el signo «X», en la
zona establecida al efecto en el boleto, la casilla, una por equipo, que contenga
el resultado elegido para el partido, teniendo en cuenta que: marcar el signo «X»
sobre la casilla que contiene el 0, significa pronosticar que el equipo no va a
marcar ningún gol; marcar el signo «X» sobre la casilla que contiene el 1,
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significa pronosticar que el equipo va a marcar un gol, marcar el signo «X»
sobre la casilla que contiene el 2, significa pronosticar que el equipo va a marcar
dos goles y marcar el signo «X» sobre la casilla que contiene la letra M significa
pronosticar que el equipo va a marcar tres o más goles.
2.- El partido denominado «Pleno al 15» aunque puede pronosticarse de dieciséis
formas diferentes, no forma parte de la combinatoria de los otros 14 partidos, por lo
que si en un boleto se marcan dos casillas para un equipo y una casilla para el otro
se duplicarán las apuestas pronosticadas en aquellos 14 partidos, si se marcan tres
casillas para un equipo y una casilla para el otro se triplicarán las apuestas
pronosticadas en aquellos 14 partidos, si se marcan dos casillas para cada uno de
los dos equipos se cuadruplicarán las apuestas pronosticadas en aquellos 14
partidos y así sucesivamente hasta marcar las cuatro casillas de cada uno de los
dos equipos que se multiplicarán por 16 las apuestas pronosticadas en aquellos 14
partidos. Los premios por categoría que figuran en las tablas de apuestas
autorizadas en el Anexo I y en el reverso de los boletos están referidos sólo a los
14 partidos combinables.
Capítulo Tercero
MÉTODOS DE APUESTAS
18ª. Mediante este sistema de validación se puede participar en los concursos por los
métodos de apuestas Sencillas y Múltiples y dentro de este con las modalidades de
Reducidas y Condicionadas que en él se regulan. En todos los métodos las
apuestas son completadas con el o los pronósticos del pleno al 15.
19ª. APUESTAS SENCILLAS:
Son apuestas sencillas cuando se ha pronosticado una en cada bloque. Podrán
jugarse tantas apuestas como bloques tenga el boleto. Si se desean jugar dos
apuestas, que es el mínimo, se marcarán 14 pronósticos, uno por cada partido, en
los bloques 1 y 2 según establece la norma 17ª. Si se desean jugar 3, 4, 5, 6, 7 u 8
apuestas se marcarán 14 pronósticos, uno por cada partido, en los primeros 3, 4, 5,
6, 7 u 8 bloques respectivamente.
20ª. APUESTAS MÚLTIPLES:
1.- Son apuestas múltiples cuando se ha pronosticado más de una en un solo
bloque del boleto (que ha de ser el 1) mediante la combinación de dos (doble) o tres
(triple) pronósticos por partido. Además, es imprescindible marcar con el signo «X»
en la zona reservada para ello en el bloque de combinaciones las casillas que
contengan el número de dobles y de triples que se han pronosticado.
2.- En el método Múltiple se puede participar mediante tres modalidades: Directo,
Reducido y Condicionado.
3.- En las tres modalidades del método múltiple, para determinar el número
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máximo de apuestas autorizadas, se tendrán en cuenta los pronósticos del partido
denominado Pleno al 15.
21ª. MÉTODO MÚLTIPLE DIRECTO:
Para participar por el método Múltiple Directo se podrán formular en el boleto
establecido al efecto, cualesquiera de las apuestas contenidas en la tabla que se
incluye como Anexo I, en la cual están incluidas todas las combinaciones posibles
hasta un máximo determinado.
Además de marcar los pronósticos según establece la norma 17ª mediante la
combinación de dos (doble) o tres (triple) por partido en el bloque 1 destinado a los
pronósticos, se debe marcar también en el bloque de combinaciones la casilla que
contenga el número de dobles y/o triples que haya pronosticado en los partidos
combinables.
22ª. MÉTODO MÚLTIPLE REDUCIDO:
Definición.- Una reducción consiste en la selección de un número determinado de
apuestas de entre el total obtenido al desarrollar una combinación de pronósticos
dobles y triples en alguno de los partidos que componen el boleto del juego. Las
apuestas contenidas en cada una de las reducciones que en esta norma se
regulan, han sido seleccionadas del desarrollo de cada una de las combinaciones
de las que proceden.
Forma de participar.- Para participar por el método múltiple reducido,
exclusivamente se podrá formular, en el boleto establecido al efecto, una cualquiera
de las apuestas contenidas en las tablas que se incluyen como Anexo II. Si
además de los partidos elegidos para la reducción se pronosticase a doble o a triple
cualesquiera de los restantes partidos, éstos participan con el desarrollo que
establece el método Múltiple Directo.
A) FORMA DE PRONOSTICAR EN EL BOLETO:
En el bloque destinado a PRONÓSTICOS se marcarán los signos según establece
la norma 17ª mediante la combinación de uno (fijo), de dos (doble) o de tres (triple)
por partido.
En el bloque destinado a COMBINACIONES se marcará con el signo «X» en la
primera columna la casilla (una sola) que contenga el número de dobles que haya
pronosticado (incluidos los que se hubieran elegido para la reducción) y en la
segunda columna se marcará la casilla (una sola) que contenga el número de
triples que haya pronosticado (incluidos los que se hubieran elegido para la
reducción).
En el bloque de REDUCCIONES se marcarán con el signo «X» aquellas casillas que
contengan el número ordinal asignado en el boleto a cada uno de los partidos
elegidos para la reducción de entre los pronosticados a doble o a triple.
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B) REDUCCIONES AUTORIZADAS:
Para participar por este método se establecen las siguientes reducciones de
combinaciones:
B.1) REDUCCIÓN PRIMERA:
Combinaciones de 4 partidos pronosticados a triple (81 apuestas) reducidas a 9
apuestas seleccionadas.
Orden de los partidos elegidos para la
reducción
Grupo de Pronósticos
Partido 1º 1 1 1 X X X 2 2 2
Partido 2º 1 X 2 1 X 2 1 X 2
Partido 3º 1 X 2 X 2 1 2 1 X
Partido 4º 1 X 2 2 1 X X 2 1
B.2) REDUCCIÓN SEGUNDA:
Combinaciones de 7 partidos pronosticados a doble (128 apuestas) reducidas a 16
apuestas seleccionadas.
Orden de los partidos elegidos para la
reducción
Grupo de Pronósticos
Partido 1º 1 1 X X X X 1 1 X X 1 1 X X 1 1
Partido 2º 1 1 X X X X 1 1 1 1 X X 1 1 X X
Partido 3º 1 1 X X 1 1 X X X X 1 1 1 1 X X
Partido 4º 1 1 X X 1 1 X X 1 1 X X X X 1 1
Partido 5º 1 X 1 X X 1 X 1 1 X 1 X 1 X 1 X
Partido 6º 1 X 1 X 1 X 1 X X 1 X 1 1 X 1 X
Partido 7º 1 X 1 X 1 X 1 X 1 X 1 X X 1 X 1
B.3) REDUCCIÓN TERCERA:
Combinación de 3 partidos pronosticados a doble y 3 partidos a triple (216
apuestas) reducidas a 24 apuestas seleccionadas.
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Orden de los partidos
elegidos
para la reducción
Grupo de Pronósticos
DOBLES Partido 1º 1 1 1 X X X X X X 1 1 1 X X X 1 1 1 1 1 1 X X X
Partido 2º 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X X X X 1 1 1 1 1 1
Partido 3º 1 1 1 1 1 1 X X X X X X 1 1 1 1 1 1 X X X X X X
TRIPLES Partido 1º 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2
Partido 2º 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 X 2 1 2 1 X X 2 1 2 1 X
Partido 3º 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 2 1 X X 2 1 2 1 X X 2 1
B. 4) REDUCCIÓN CUARTA:
Combinación de 6 partidos pronosticados a doble y 2 partidos a triple (576
apuestas) reducidas a 64 apuestas seleccionadas.
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32
Partido 1º X 2 1 X 2 1 1 1 X X X 2 2 2 1 1 1 X 2 1 1 X X X X 2 1 X 2 1 X 2
Partido 2º X X 2 2 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 1 1 1 X 2 1 X 2 1 1 X X X 2 2 2
Partido 1º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X 1 1 1 1 1 1 1 X 1 X X X 1 1 X X
Partido 2º 1 X X X 1 1 X X 1 1 X X X 1 1 1 1 X X X X X 1 1 1 1 1 X 1 1 1 X
Partido 3º 1 1 1 X 1 1 X 1 X 1 X X 1 1 1 1 1 1 X X 1 1 1 1 X 1 1 X X X 1 X
Partido 4º 1 1 1 1 X 1 1 X X X X X 1 1 X X 1 X 1 X X 1 X X 1 1 1 1 1 1 1 1
Partido 5º X 1 X 1 1 1 X 1 1 X X X 1 X X 1 1 1 X 1 X X 1 X X X X X 1 X 1 X
Partido 6º 1 1 1 1 1 X X X 1 1 X 1 X X X 1 1 1 1 1 1 X X X X 1 X 1 1 1 1 X
33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64
Partido 1º 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 1 1 1 1 1 X X X 2 2 2 2 2 2 X 2 2 2 1
Partido 2º 1 1 1 1 1 1 2 2 X 2 1 X 2 2 2 2 2 2 1 X X X X X X X X 2 1 X 2 1
Partido 1º X X X X X X 1 X 1 1 X 1 X X X X X X X X X X X X X X X 1 1 1 X X
Partido 2º X X 1 X X 1 1 1 1 1 1 1 X X X 1 1 1 1 X X X X X 1 1 1 X X X X X
Partido 3º X 1 1 X 1 1 X 1 X X X X 1 1 1 X X X X X X 1 1 1 X X X X X 1 X X
Partido 4º 1 X X X 1 X X 1 1 X X X 1 X X 1 X X 1 X X 1 1 X 1 1 X 1 X X X 1
Partido 5º 1 1 X X X 1 X 1 1 1 1 X X X 1 X X 1 X X 1 1 1 X 1 1 X 1 1 X 1 1
Partido 6º X 1 1 X X X 1 X X X 1 X 1 1 X 1 1 X X 1 X 1 X X 1 X X X X X 1 1
Triples:
Dobles:
Triples:
Dobles:
Orden de los partidos G R U P elegidos para la reducción O DE P R O N Ó S T I C O S
B. 5) REDUCCIÓN QUINTA:
Combinaciones de 8 partidos pronosticados a triple (6.561 apuestas) reducidas a
81 apuestas seleccionadas.
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Capitán Haya, 53. 28020 Madrid. Teléfono 902 11 23 13. Fax 91 596 25 60
Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al T. 28078, F. 202, S. 8ª, H. M-505970, NIF A-86171964
15
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27
Partido 1º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X
Partido 2º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X 1 1 1 1 1 1 1 1 1
Partido 3º 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
Partido 4º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X 2 2 2 2 2 2 2 2 2
Partido 5º 1 1 X 2 1 X 2 X 2 1 1 X 2 1 X 2 X 2 1 1 X 2 1 X 2 X 2
Partido 6º 1 2 X 1 X 1 2 2 X 1 2 X 1 X 1 2 2 X 1 2 X 1 X 1 2 2 X
Partido 7º X 1 1 1 2 2 2 X X X 1 1 1 2 2 2 X X X 1 1 1 2 2 2 X X
Partido 8º 1 2 1 X X 2 1 X 2 1 2 1 X X 2 1 X 2 1 2 1 X X 2 1 X 2
28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54
Partido 1º 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X
Partido 2º 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 X X X X X X X X X
Partido 3º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X X X X X X X X X X
Partido 4º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 2 2 2 2 1 1 1 1 1 1 1 1 1
Partido 5º 1 1 X 2 1 X 2 X 2 1 1 X 2 1 X 2 X 2 1 1 X 2 1 X 2 X 2
Partido 6º 1 2 X 1 X 1 2 2 X 1 2 X 1 X 1 2 2 X 1 2 X 1 X 1 2 2 X
Partido 7º X 1 1 1 2 2 2 X X X 1 1 1 2 2 2 X X X 1 1 1 2 2 2 X X
Partido 8º 1 2 1 X X 2 1 X 2 1 2 1 X X 2 1 X 2 1 2 1 X X 2 1 X 2
55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81
Partido 1º 2 2 2 2 2 2 2 2 2 X X X X X X X X X 2 2 2 2 2 2 2 2 2
Partido 2º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 2 2 2 2 2 2 2 2 2 X X X X X X X X X
Partido 3º X X X X X X X X X 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
Partido 4º X X X X X X X X X X X X X X X X X X 2 2 2 2 2 2 2 2 2
Partido 5º 1 1 X 2 1 X 2 X 2 1 1 X 2 1 X 2 X 2 1 1 X 2 1 X 2 X 2
Partido 6º 1 2 X 1 X 1 2 2 X 1 2 X 1 X 1 2 2 X 1 2 X 1 X 1 2 2 X
Partido 7º X 1 1 1 2 2 2 X X X 1 1 1 2 2 2 X X X 1 1 1 2 2 2 X X
Partido 8º 1 2 1 X X 2 1 X 2 1 2 1 X X 2 1 X 2 1 2 1 X X 2 1 X 2
Triples:
Triples:
Orden de los partidos G R U elegidos para la reducción P O DE P R O N Ó S T I C O S
Triples:
B. 6) REDUCCIÓN SEXTA:
Combinaciones de 11 partidos pronosticados a doble (2.048 apuestas) reducidas a
132 apuestas seleccionadas.
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16
1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33
Partido 1º X X X X 1 1 X 1 1 X X 1 1 X 1 X X 1 X 1 X 1 1 X X 1 1 X X 1 X X 1
Partido 2º X X 1 1 X X X 1 X 1 X 1 X 1 X X 1 1 X 1 1 X X X 1 X 1 1 X X 1 1 1
Partido 3º X 1 X X X X 1 1 X 1 X X 1 X 1 1 1 X 1 X X 1 X X 1 1 X 1 1 X X 1 1
Partido 4º X X 1 X 1 X 1 X X X 1 X 1 1 X 1 X 1 1 X X X 1 1 X X 1 1 X 1 1 1 X
Partido 5º X 1 X 1 X 1 X X 1 X 1 X X X X 1 1 1 X X 1 X 1 1 X 1 X 1 1 X 1 X 1
Partido 6º 1 X X X X 1 1 X X X 1 1 X 1 1 X 1 X X X 1 1 X 1 1 X 1 X 1 1 X 1 X
Partido 7º 1 X X 1 1 X X X 1 1 X X X 1 1 1 X X 1 1 X X X 1 1 1 X X 1 1 1 X X
Partido 8º 1 1 1 X X X X X 1 1 1 1 1 X X X X X 1 1 1 1 1 X X X X X 1 1 1 1 1
Partido 9º 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X X 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X
Partido 10º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X X X X X X X
Partido 11º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
34 35 36 37 38 39 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66
Partido 1º 1 1 1 X 1 1 X 1 X 1 X X 1 X X 1 1 X 1 1 1 1 X X X 1 1 1 1 1 1 1 X
Partido 2º 1 1 X X X X 1 1 X 1 1 1 X 1 X 1 X 1 X 1 1 X 1 1 X 1 X 1 1 1 X 1 1
Partido 3º X 1 1 X 1 X 1 X 1 X 1 X 1 X 1 X 1 1 X 1 1 X X 1 1 1 1 X 1 1 1 X 1
Partido 4º X 1 1 1 X 1 X X X X 1 1 1 X 1 1 X 1 1 X 1 X 1 X 1 1 1 1 X X 1 1 1
Partido 5º 1 X 1 1 X X X 1 1 X X 1 1 1 X X 1 1 1 1 X 1 X 1 1 X X 1 1 X 1 1 1
Partido 6º 1 X 1 X X 1 1 X 1 1 X 1 X 1 1 X 1 X 1 X 1 1 1 X 1 X 1 X 1 1 X 1 1
Partido 7º 1 1 X 1 1 X X X 1 1 1 X X 1 1 1 X X 1 1 X 1 1 1 X X 1 1 X 1 1 X 1
Partido 8º X X X 1 1 1 1 1 X X X X X 1 1 1 1 1 X X X 1 1 1 1 1 X X X 1 1 1 X
Partido 9º X X X 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X
Partido 10º X X X 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X X X X
Partido 11º 1 1 1 X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78 79 80 81 82 83 84 85 86 87 88 89 90 91 92 93 94 95 96 97 98 99
Partido 1º 1 X X X X X X X 1 1 1 X X X X 1 X X 1 1 X 1 1 X 1 X 1 X X 1 X X X
Partido 2º X X 1 X X X 1 X 1 X X 1 X X 1 X 1 X 1 X 1 X X X 1 X X 1 1 1 1 X X
Partido 3º X 1 X X X 1 X X X X 1 1 X X 1 X X 1 X 1 X 1 X 1 X 1 X 1 X 1 X X 1
Partido 4º X X X 1 1 X X X X 1 X 1 X 1 X X 1 X X 1 X X X 1 1 1 1 X 1 X X X 1
Partido 5º X X X 1 X X 1 1 X X 1 X 1 X X X X 1 1 X X X 1 1 X X 1 1 1 X X 1 X
Partido 6º X X 1 X X 1 X 1 X 1 X X X 1 X 1 X 1 X X 1 X 1 X X 1 X X 1 1 X 1 X
Partido 7º X 1 X X 1 X X 1 1 X X X 1 X X 1 1 X X X 1 1 X X X 1 1 1 X X 1 X X
Partido 8º 1 X X X 1 1 1 X X X X X 1 1 1 X X X X X 1 1 1 1 1 X X X X X 1 1 1
Partido 9º 1 1 1 1 X X X X X X X X 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X X 1 1 1
Partido 10º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X X X X X X X X X X 1 1 1
Partido 11º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X
100 101 102 103 104 105 106 107 108 109 110 111 112 113 114 115 116 117 118 119 120 121 122 123 124 125 126 127 128 129 130 131 132
Partido 1º X 1 1 X 1 1 X X 1 1 X X 1 X 1 X 1 1 X 1 X X 1 1 X X 1 X X 1 1 1 1
Partido 2º X X X 1 1 X X 1 X 1 1 1 X X 1 X X 1 1 X 1 X 1 X 1 X 1 1 1 X X 1 1
Partido 3º X X 1 1 X X 1 X X 1 1 X 1 1 X 1 X X X 1 X 1 1 X 1 X X 1 1 1 1 X 1
Partido 4º 1 X X X 1 X X 1 1 X X 1 1 1 X X 1 X 1 X X 1 X 1 1 1 X 1 X 1 X 1 1
Partido 5º X 1 X 1 X X 1 X 1 X X 1 X 1 1 X X X 1 1 1 1 X 1 X 1 1 X 1 X 1 X 1
Partido 6º 1 X 1 X X 1 X 1 X X 1 X X 1 1 1 X 1 X X 1 X X 1 1 1 X X 1 1 1 1 X
Partido 7º 1 1 X X X 1 1 X X X 1 1 1 X X 1 1 X X X 1 1 1 X X 1 1 1 X X 1 1 X
Partido 8º X X X X X 1 1 1 1 1 X X X X X 1 1 1 1 1 X X X X X 1 1 1 1 1 X X X
Partido 9º 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X X 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X
Partido 10º 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X X X X X X X X X X
Partido 11º X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
Dobles:
Dobles:
Orden de los partidos G R U P O DE P R O N elegidos para la reducción Ó S T I C O S
Dobles:
Dobles:
El número (mínimo y máximo) de partidos que pueden pronosticarse a Doble y a
Triple en el bloque de PRONÓSTICOS para cada reducción viene determinado en
las Tablas de Combinaciones y Apuestas autorizadas incluidas en el Anexo II.
C) ASIGNACIÓN DE PRONÓSTICOS A CADA PARTIDO:
Una vez marcada en el bloque de reducciones del boleto la casilla que contiene el
número ordinal asignado a cada partido, al primero en orden creciente de los
elegidos se le asignan los pronósticos del «partido 1º», al segundo los del «partido
2º» y así sucesivamente, tanto para los dobles como para los triples, en las seis
reducciones.
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17
Ejemplo:
Se ha pronosticado el siguiente boleto con 6 Dobles y 4 Triples:
Juega con la reducción TERCERA y ha elegido para reducir los partidos siguientes:
– A Dobles: el 3, el 7 y el 12.
– A Triples: el 2, el 8 y el 9.
Orden de asignación de los pronósticos del grupo a cada uno de estos partidos:
Nº ordinal del
partido
Grupo de Pronósticos
DOBLES 3 1 1 1 X X X X X X 1 1 1 X X X 1 1 1 1 1 1 X X X
7 X X X X X X 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 X X X X X X
12 1 1 1 1 1 1 X X X X X X 1 1 1 1 1 1 X X X X X X
TRIPLES 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2
8 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 X 2 1 2 1 X X 2 1 2 1 X
9 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 2 1 X X 2 1 2 1 X X 2 1
Apuestas 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24
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18
D) ATRIBUCIÓN DE LOS PRONÓSTICOS A DOBLE:
En las reducciones segunda, tercera, cuarta y sexta indicadas en el apartado B) de
esta misma norma los signos 1 y X que figuran en los grupos de pronósticos de los
partidos a doble, debe entenderse que son sustituidos por la pareja de signos con
que hubiera sido pronosticado cada partido en el bloque de pronósticos y por ese
orden. Es decir, si el partido ha sido pronosticado a 1 y X, los signos del 1 y de la X
del grupo de pronósticos permanecen, si ha sido pronosticado a 1 y 2, el 1
permanece y la X es sustituida por el 2 y si ha sido pronosticado a X y 2, los signos
1 y X son sustituidos de la forma siguiente: el 1 por la X y la X por el 2.
E) DESARROLLO DE APUESTAS Y PREMIOS:
El desarrollo de las combinaciones para la determinación de las apuestas que
participan y de los premios obtenidos en cada una de ellas se realiza de la siguiente
forma:
1º.- Si los únicos partidos pronosticados a doble o triple son los elegidos para la
reducción, el único pronóstico de cada uno de los restantes partidos se repite 9, 16,
24, 64, 81 ó 132 veces, según que la reducción elegida sea la primera, la segunda,
la tercera, la cuarta, la quinta o la sexta respectivamente. Cada columna vertical
resultante con 14 pronósticos, más el pronóstico del Pleno al 15, constituye una
apuesta.
Ejemplo:
Pronosticamos la reducción PRIMERA.
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Desarrollo de combinaciones:
Partido Pronósticos
1 1 1 1 1 1 1 1 1 1
2 1 1 1 X X X 2 2 2
3 1 X 2 1 X 2 1 X 2
4 1 1 1 1 1 1 1 1 1
5 X X X X X X X X X
6 1 1 1 1 1 1 1 1 1
7 1 1 1 1 1 1 1 1 1
8 1 X 2 X 2 1 2 1 X
9 2 2 2 2 2 2 2 2 2
10 1 1 1 1 1 1 1 1 1
11 1 X 2 2 1 X X 2 1
12 X X X X X X X X X
13 1 1 1 1 1 1 1 1 1
14 X X X X X X X X X
Apuestas 1 2 3 4 5 6 7 8 9
2º.- Si además de los partidos elegidos para la reducción, se pronostican partidos a
Doble y/o a Triple, la apuesta múltiple que forman estas combinaciones (en la que
no se incluyen las combinaciones de los partidos elegidos para la reducción) se
repite tantas veces como columnas tiene cada grupo de pronósticos, es decir: 9, 16,
24, 64, 81 ó 132, según que la reducción elegida sea la primera, la segunda, la
tercera, la cuarta, la quinta o la sexta respectivamente. El número de premios que
corresponde a cada apuesta múltiple de acuerdo con los aciertos obtenidos, viene
determinado por la tabla incluida en el Anexo I para el método Directo.
Ejemplo:
Pronosticamos la reducción PRIMERA y además 2 Dobles y 2 Triples al Directo, es
decir 324 apuestas.
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Desarrollo de combinaciones:
Partido Pronósticos
1 1 1 1 X X X 2 2 2
2 1 X 2 1 X 2 1 X 2
3 1 X 2 X 2 1 2 1 X
4 1 X 2 2 1 X X 2 1
5 X2 X2 X2 X2 X2 X2 X2 X2 X2
6 1X 1X 1X 1X 1X 1X 1X 1X 1X
7 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2
8 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2 1X2
9 X X X X X X X X X
10 1 1 1 1 1 1 1 1 1
11 1 1 1 1 1 1 1 1 1
12 X X X X X X X X X
13 X X X X X X X X X
14 2 2 2 2 2 2 2 2 2
Apuestas 1 2 3 4 5 6 7 8 9
Se han formado 9 apuestas múltiples de 2 Dobles y 2 Triples, por lo tanto de 36
apuestas cada una, que hacen un total de 324 apuestas.
Premios:
Los premios dependerán del número de aciertos obtenidos en cada una de las 9
apuestas múltiples de 36 apuestas y serán los determinados en la tabla establecida
para el método Directo.
23ª. MÉTODO MÚLTIPLE CONDICIONADO
Se podrá participar en el método Condicionado formulando, exclusivamente en el
boleto establecido al efecto, cualesquiera número de apuestas que resulten de
combinar los 14 partidos pronosticados a 1, 2 ó 3 signos y de aplicar las
condiciones que se establecen a continuación, con los límites mínimo y máximo que
se establecen en el apartado D) de esta norma.
A) FORMA DE PRONOSTICAR EN EL BOLETO:
En el bloque destinado a PRONÓSTICOS se marcarán los signos según establece
la norma 17ª, mediante la combinación de uno (fijo), de dos (doble) o de tres (triple)
por partido.
En el bloque destinado a COMBINACIONES se marcará con el signo «X» en la
primera columna la casilla (una sola) que contenga el número de dobles que haya
pronosticado y en la segunda columna se marcará la casilla (una sola) que
contenga el número de triples que haya pronosticado.
En el bloque de SISTEMA CONDICIONADO se marcará con el signo»X»:
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– En la columna PARTIDOS EN SISTEMA las casillas que contengan el
número ordinal asignado en el boleto a cada uno de los partidos pronosticados
a doble y a triple que sean elegidos para ser condicionados, que han de ser dos
como mínimo. Los pronosticados a doble y a triple que no hayan sido elegidos,
participan con el desarrollo que establece el método Múltiple Directo.
– En las filas de CONDICIONES las casillas que contengan los números
elegidos en cada condición. Es imprescindible marcar al menos una de las
condiciones.
Hay siete opciones distintas para marcar condiciones:
Opción 1ª.: Marcar sólo casillas de variantes.
Opción 2ª.: Marcar sólo casillas de equis.
Opción 3ª.: Marcar sólo casillas de doses.
Opción 4ª.: Marcar casillas de variantes y de equis.
Opción 5ª.: Marcar casillas de variantes y de doses.
Opción 6ª.: Marcar casillas de equis y de doses.
Opción 7ª.: Marcar casillas de variantes, de equis y de doses.
B) CONDICIONES AUTORIZADAS:
Primera condición: VARIANTES
Se entiende por VARIANTES los signos pronosticados en las columnas
segunda y tercera del bloque de pronósticos, es decir, en las casillas que
contienen la «X» y el «2» correspondientes a los partidos que hayan sido
pronosticados con dos o tres signos y elegidos para ser condicionados.
Se contemplan los siguientes casos: 1º.- No marcar casillas y 2º.- Marcar
una o más casillas.
1º.- Si no marca ninguna casilla significa que, del grupo que forman los
partidos pronosticados a Doble y a Triple elegidos en la columna de
PARTIDOS EN SISTEMA, juega las apuestas con el número de
variantes que resulten por aplicación del resto de condiciones de estas
normas.
2º.- Si marca UNA o MÁS casillas significa que, del grupo que forman los
partidos pronosticados a Doble y a Triple elegidos en la columna de
PARTIDOS EN SISTEMA, juega las apuestas que tengan el número de
variantes que indican las casillas marcadas y cumplan el resto de
condiciones de estas normas.
El número más alto de variantes que indiquen las casillas marcadas no
puede ser superior al total de los partidos elegidos en la columna de
PARTIDOS EN SISTEMA.
El número más bajo de variantes que indiquen las casillas marcadas no
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puede ser inferior al total de los partidos elegidos en la columna de
PARTIDOS EN SISTEMA que se encuentren pronosticados al Doble «X2».
Segunda condición: EQUIS
Se contemplan los siguientes casos: 1º.- No marcar casillas y 2º.- Marcar
una o más casillas.
1º.- Si no marca ninguna casilla significa que, del grupo que forman los
partidos pronosticados a Doble y a Triple elegidos en la columna de
PARTIDOS EN SISTEMA, juega las apuestas con el número de equis
que resulten por aplicación del resto de condiciones de estas normas.
2º.- Si marca UNA o MÁS casillas significa que, del grupo que forman los
partidos pronosticados a Doble y a Triple elegidos en la columna de
PARTIDOS EN SISTEMA, juega las apuestas que tengan el número de
equis que indican las casillas marcadas y cumplan el resto de
condiciones de estas normas.
El número más alto de equis que indiquen las casillas marcadas no puede
ser superior al total de las equis pronosticadas en los partidos elegidos en la
columna de PARTIDOS EN SISTEMA.
Tercera condición: DOSES
Se contemplan los siguientes casos: 1º.- No marcar casillas y 2º.- Marcar
una o más casillas.
1º.- Si no marca ninguna casilla significa que, del grupo que forman los
partidos pronosticados a Doble y a Triple elegidos en la columna de
PARTIDOS EN SISTEMA, juega las apuestas con el número de doses
que resulten por aplicación del resto de condiciones de estas normas.
2º.- Si marca UNA o MÁS casillas significa que, del grupo que forman los
partidos pronosticados a Doble y a Triple elegidos en la columna de
PARTIDOS EN SISTEMA, juega las apuestas que tengan el número de
doses que indican las casillas marcadas y cumplan el resto de
condiciones de estas normas.
El número más alto de doses que indiquen las casillas marcadas no puede
ser superior al total de los doses pronosticados en los partidos elegidos en la
columna de PARTIDOS EN SISTEMA.
C) MARCAS EN LAS TRES CONDICIONES:
Si ha marcado casillas en las tres condiciones sólo participan las apuestas
que, del grupo que forman los partidos pronosticados a Doble y a Triple
elegidos en la columna de PARTIDOS EN SISTEMA, tengan el número de
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variantes que indiquen las casillas marcadas en la primera condición y que
ese número sea suma de una pareja compuesta de un número de equis y de
un número de doses, de los contenidos en cualesquiera de las casillas
marcadas en las condiciones segunda y tercera. Si las casillas marcadas en
Variantes, en Equis y en Doses exceden respectivamente de dichos
números, el boleto será rechazado por el sistema de validación.
D) APUESTAS QUE PARTICIPAN:
Las apuestas que participan, con un mínimo de 2 y un máximo de 31.104 por
boleto, incluido el Pleno al 15, son las que constan en el resguardo expedido
por el terminal informático. En estos límites se contemplan tanto las que
corresponden al desarrollo de la combinación del grupo de partidos elegidos
para jugar por el método Condicionado como las que resultan después de
aplicar a las anteriores el desarrollo de las combinaciones de los partidos
que participan por el método Directo.
Ejemplo nº 1:
Pronosticamos el siguiente boleto:
Hemos pronosticado 7 dobles y 3 triples. Hemos elegido para jugar como
PARTIDOS EN SISTEMA del 1 al 8 y hemos marcado las siguientes CONDICIONES para
esos 8 partidos:
– Primera: Las casillas 5, 6 y 7.
– Segunda: Las casillas 3, 4 y 5.
– Tercera: Las casillas 1, 2 y 3.
En aplicación de la norma 23ª tenemos que:
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1º.- Las condiciones marcadas sólo afectan al grupo de partidos elegidos en la columna
de PARTIDOS EN SISTEMA. El resto de los partidos estén pronosticados a fijo,
doble o a triple participan por el método Directo.
2º.- El grupo de partidos elegidos para ser condicionados son 6 Dobles y 2 Triples que
desarrollados según establece la norma para las combinaciones múltiples al
Directo, resultan 576 apuestas, de las cuales sólo participan aquellas que cumplen
las condiciones marcadas.
Para mejor comprensión vemos a continuación las apuestas de la posición 268 a
288 del desarrollo al Directo, según la norma 21ª.
Partidos 26
8
26
9
27
0
27
1
27
2
27
3
27
4
27
5
27
6
27
7
27
8
27
9
28
0
28
1
28
2
28
3
28
4
28
5
28
6
28
7
28
8
1 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2 1 X 2
2 2 2 2 1 1 1 X X X 2 2 2 1 1 1 X X X 2 2 2
3 X X X 1 1 1 1 1 1 1 1 1 X X X X X X X X X
4 1 1 1 X X X X X X X X X X X X X X X X X X
5 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
6 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
7 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2 2
8 X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X
Variantes 6 7 6 5 6 6 6 7 7 6 6 7 6 7 7 7 8 8 7 8 8
Parejas * * * * * *
de “X-2” 2-4 3-4 2-5 2-3 3-3 2-4 3-3 4-3 3-4 2-4 3-4 2-5 3-3 4-3 3-4 4-3 5-3 4-4 3-4 4-4 3-5
De las 21 apuestas reflejadas, sólo las indicadas con asterisco cumplen las
condiciones marcadas en el ejemplo.
3º.- Por aplicación de las condiciones marcadas al grupo de los 8 partidos
elegidos, resulta que las apuestas que participan son aquellas en las que la
suma de cada pareja de las condiciones segunda y tercera, es decir, de «X-2»,
sea igual a alguna de las casillas marcadas en la condición primera o
Variantes.
Veamos:
Variantes
marcadas
Parejas resultantes de “X-2” que
suman
igual que las variantes
Apuestas distintas que
cumplen las condiciones
Equis Doses
5 3 2 58
4 1 26
3 3 58
6 4 2 40
5 1 12
7 4 3 26
5 2 12
Total de apuestas resultantes del grupo condicionado 232
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4º.- Como además de los partidos elegidos para condicionar, se han pronosticado otros
a Doble y a Triple, que participan al Directo, habremos de multiplicar el número
obtenido en el punto 3º por 2, tantas veces como Dobles haya, y por 3, tantas veces
como Triples haya. En este caso que nos ocupa sería:
232 x 2 x 3 = 1.392 apuestas.
Es decir, el boleto del ejemplo participaría con 1.392 apuestas, en lugar de las
3.456 que resultan de 7 Dobles y 3 Triples al Directo.
5º.- Los partidos elegidos para ser condicionados pueden ser los de cualquier posición,
no tienen que ser necesariamente consecutivos y pueden ser desde 2 hasta 14.
6º.- Las casillas de las condiciones pueden ser marcadas consecutivas o alternas, pero
nunca aquella que contenga un número superior al de los partidos elegidos para
condicionar.
Ejemplo nº 2:
Pronosticamos el siguiente boleto:
Hemos pronosticado 7 Dobles y 3 Triples.
Hemos elegido 8 partidos para condicionar.
Hemos marcado las siguientes condiciones:
– Primera: Marcamos las casillas 5 y 7.
– Segunda: No marcamos ninguna casilla.
– Tercera: No marcamos ninguna casilla.
Participan todas las apuestas del grupo de los 8 partidos condicionados en las que la
suma de las parejas de «X-2» sean 5 y 7.
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26
Variantes
Marcadas
Parejas resultantes de “X-2” que
suman
igual que las variantes
Apuestas distintas que
cumplen las condiciones
Equis Doses
5 5 0 4
4 1 26
3 2 58
2 3 58
1 4 26
0 5 4
7 7 0 0
6 1 2
5 2 12
4 3 26
3 4 26
2 5 12
1 6 2
0 7 0
Total de apuestas resultantes del grupo condicionado 256
Teniendo en cuenta los partidos de Dobles y Triples al Directo, el boleto participa con:
256 x 2 x 3 = 1.536 apuestas.
Ejemplo nº 3:
Pronosticamos el siguiente boleto:
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Hemos pronosticado 7 Dobles y 3 Triples.
Hemos elegido 8 partidos para condicionar.
Hemos marcado las siguientes condiciones:
– Primera: No marcamos ninguna casilla.
– Segunda: Marcamos las casillas 4 y 5.
– Tercera: No marcamos ninguna casilla.
Participan todas las apuestas del grupo de los 8 partidos condicionados en las que se den
todas las parejas de «X-2» que resulten con 4 y con 5 equis.
Veamos:
Variantes
Marcadas
Parejas resultantes de “X-2” que
tienen 4 y 5 equis Apuestas distintas que
Equis Doses cumplen las condiciones
4 0 6
4 1 26
4 2 40
4 3 26
4 4 6
5 0 4
5 1 12
5 2 12
5 3 4
Total de apuestas resultantes del grupo condicionado 136
Teniendo en cuenta los partidos de Dobles y Triples al Directo, el boleto participa con:
136 x 2 x 3 = 816 apuestas.
TÍTULO III
SISTEMA DE VALIDACIÓN POR SOPORTE INFORMÁTICO
Capítulo Primero
CONTENIDO DEL SISTEMA
24ª. Por este sistema se validarán las apuestas contenidas en los bloques de registro
que establece la norma 25ª, que sean pronosticadas por un solo participante en el
método de apuestas sencillo, es decir, un solo signo por partido y apuesta, y sean
presentadas por medios informáticos que cumplan las especificaciones técnicas
que, de acuerdo a las características de los equipos informáticos disponibles,
establezca Loterías y Apuestas del Estado, y que tendrán a su disposición los
participantes en los puntos de venta o en las Delegaciones Comerciales.
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28
Capítulo Segundo
FORMA DE PRONOSTICAR
25ª. Las apuestas serán grabadas en un fichero informático consignando un solo
pronóstico en cada una de las 14 posiciones ordinales que se corresponden en el
mismo orden con los 14 partidos determinados para esa jornada. Los 14 signos así
grabados constituyen una apuesta y el conjunto de 8 apuestas un bloque de
registro que es el equivalente a un boleto. En cada bloque se pronosticará con dos
signos el Pleno al 15 (un signo por equipo, el primer signo corresponderá al equipo
consignado en primer lugar y el segundo signo corresponderá al equipo con
signado en segundo lugar). El mínimo de apuestas a validar por este sistema es de
200.
Cada bloque de registro llevará asociado un número que, junto con el del Receptor
y el número o números asignados a cada fichero, lo identifica y distingue su
contenido del de los demás bloques en la gestión del concurso en que participe.
Los únicos signos válidos para pronosticar son el 1, la X o el 2 para los partidos
combinables y el 0, el 1, el 2 o la M para el partido del Pleno al 15 y su significado
es el que establece la norma 17ª.
Capítulo Tercero
VALIDACIÓN DE APUESTAS
26ª. Una vez generado el fichero o soporte informático deberá seguirse el siguiente
proceso:
a) El participante grabará en el soporte, interior y exteriormente, el número del
Establecimiento Receptor a través del cual participa y se lo entregará a éste,
que procederá a su validación o lo tramitará a la Delegación Comercial de
Loterías y Apuestas del Estado de la que dependa.
b) El Receptor o la Delegación comprobarán que los datos externos e internos del
o de los soportes coinciden, procesará su contenido y generará un fichero en el
medio informático establecido al efecto, el cual asignará un número de
identificación al conjunto de las apuestas recibidas.
Si se observara algún error imputable al fichero o soporte del participante se
suspenderá el proceso y se le notificará tal circunstancia para que edite uno
nuevo.
c) Seguidamente el Receptor o la Delegación procederá a transmitir el conjunto de
apuestas al Sistema Central que las registrará junto a las demás apuestas que
participan en el concurso y le asignará unos números de control.
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29
d) Una vez que el Sistema Central ha confirmado al Receptor o a la Delegación
que el registro de las apuestas ha sido correcto, éste/a solicitará al Sistema
Central un listado con todas las apuestas validadas y el resguardo de
participación, y procederá a imprimirlo.
El listado se ordenará de manera que figuren juntas las 8 apuestas que integran
cada bloque de registro más los dos signos del Pleno al 15 y llevarán asociado
el número que identifica el bloque. En cada página del listado deberán constar
los pronósticos del mismo número de apuestas, excepto en la última que puede
ser menor, y además los siguientes datos:
– Número de identificación.
– Número de Receptor.
– Delegación Comercial.
– Número de Jornada.
– Fecha de la Jornada.
– Total de apuestas validadas.
– Número parcial y total de páginas.
El Receptor o el Delegado deberán certificar el listado de apuestas mediante
diligencia en una página adicional haciendo constar los mismos datos que se
detallan para cada página.
e) En el resguardo de participación constarán los mismos datos establecidos para
el listado y además los siguientes:
– Importe de las apuestas.
– Números de control.
27ª. 1.- El Establecimiento Receptor o la Delegación informarán al participante del
número de apuestas validadas, el participante abonará su importe mediante
efectivo, talón conformado o transferencia a la cuenta de operaciones del
establecimiento y, exclusivamente una vez realizado el abono, el Establecimiento o
la Delegación le harán entrega del listado certificado y del resguardo. El listado y el
resguardo juntos son el equivalente al resguardo de validación informática
(establecido en la norma 10ª.5) a efectos de apuestas validadas, reclamaciones y
pago de premios.
2.- Una vez entregados el listado y el resguardo al participante, en ningún caso se
accederá a la solicitud que pueda formular éste sobre la anulación del fichero o
soporte, devolución del mismo, modificación de pronósticos o consignación o
variación de otros datos.
28ª. Si por causa justificada procediera una anulación ésta será solicitada por la
Delegación al Sistema Central y éste expedirá un documento justificante de la
misma en el que consten los mismos datos que figuran en el apartado d) de la
norma 26ª.
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30
Capítulo Cuarto
PAGO DE PREMIOS
29ª. El listado y el resguardo establecidos en la norma 26ª constituyen juntos el único
instrumento válido para solicitar el pago de premios. Si en alguna de las categorías
se tuviera derecho a premios con importe inferior a la cantidad establecida en el
procedimiento para el pago de premios de SELAE, el cual se puede consultar a
través de la página web de Loterías y Apuestas del Estado, en bloque distinto a
aquél en que exista premio igual o superior a esa cantidad, se podrá solicitar el
abono del importe acumulado de los inferiores independiente de los superiores. En
este caso el Establecimiento pagador hará constar la diligencia de pago en el
resguardo que junto al listado deberá presentar el participante.
TÍTULO IV
Capítulo Único
SISTEMA DE VALIDACIÓN POR INTERNET
30ª. Podrán formularse apuestas y pronósticos a través de la página de Internet:
www.loteriasyapuestas.es, según las condiciones de participación que se
establecen en la Resolución de 18 de junio de 2008, de Loterías y Apuestas del
Estado (BOE nº 151 de 23 de junio de 2008).
TÍTULO V
Capítulo Único
JUNTA SUPERIOR DE CONTROL
31ª. 1.- En Loterías y Apuestas del Estado se constituirá una Junta Superior de Control.
2.- Serán miembros de esta Junta: el Director de Operaciones de Juego o persona
en quien delegue, quien actuará como Presidente y dos empleados de Loterías y
Apuestas del Estado, que actuarán como vocales, uno de los cuales, además,
actuará como Secretario. Asimismo, se nombrará un suplente para cada uno de los
miembros.
3.- El Secretario puede estar asistido por un Secretario de actas designado por el
Presidente de la Junta.
32ª. Para constituirse válidamente la Junta, será necesaria al menos la asistencia del
Presidente o persona en quien delegue y uno de los Vocales en funciones de
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31
Secretario. Los acuerdos de la misma se tomarán por mayoría de los asistentes. En
caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
33ª. Cualquiera de los Vocales podrá formular, en escrito fundado, voto particular contra
el acuerdo que se adopte, el cual será sometido a conocimiento y acuerdo del
órgano de administración de Loterías y Apuestas del Estado o de la persona u
órgano en que éste tenga delegadas las correspondientes facultades.
34ª. 1.- A la Junta Superior de Control le corresponden las facultades que se determinan
en las normas en relación a participación de apuestas, control de premios y
reclamaciones.
2.- Para el desarrollo de sus funciones, el Secretario de la Junta Superior de Control
tendrá acceso a las apuestas registradas en el Sistema Central de Juegos,
descargará el registro de los pronósticos efectuados y procederá a su archivo y
custodia.
3.- En el ejercicio de sus facultades, la Junta Superior de Control adoptará las
resoluciones que estime pertinentes, que se harán constar en las correspondientes
actas, en las cuales se incluirán, asimismo, las anulaciones de apuestas que se
hubieran adoptado por la propia Junta, de acuerdo con lo establecido en estas
normas.
35ª. La Junta Superior de Control, como órgano encargado de garantizar los concursos
de pronósticos, y en atención a los participantes, podrá estimar transmitidos en
plazo, los datos de las apuestas registradas en el Sistema Central de Juegos, que
por acontecimientos imprevistos se descarguen después del comienzo de los
concursos, siempre que se motiven y documenten suficientemente estas
circunstancias, dejando constancia de las mismas en el acta que se confecciona
para cada jornada.
TÍTULO VI
Capítulo Primero
CELEBRACIÓN DE LOS CONCURSOS
36ª. El concurso para determinar los acertantes se basa en los resultados obtenidos en
los partidos de fútbol que Loterías y Apuestas del Estado ha determinado para esa
jornada con un orden en base al cual son pronosticados y posteriormente
escrutados.
37ª. 1.- Serán nulos a efectos de estas normas los resultados de los partidos incluidos
en el concurso que se inicien antes de las quince horas del día inmediato anterior a
la fecha de la jornada o después de las veinticuatro horas del día inmediato
posterior a la fecha de la jornada. Las horas son referidas siempre a la hora oficial
peninsular.
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32
2.- Si no pudiera determinarse el número total de resultados, el concurso se
resolverá aplicando lo establecido en la norma 38ª para obtener el resultado de
aquellos partidos que no lo tuvieran determinado.
38ª. A. Si no pudiera determinarse el resultado de algún partido por aplicación de la
norma 37ª y Loterías y Apuestas del Estado tuviera conocimiento oficial antes de
las veinticuatro horas del jueves de la semana anterior a la de la fecha de la
jornada, procederá a designar otro partido en sustitución de aquél y lo comunicará
de inmediato a los participantes por los medios públicos a su alcance y a través de
su página web.
B. Si Loterías y Apuestas del Estado tuviera conocimiento oficial después de dicho
plazo, los resultados no determinados del concurso se obtendrán aplicando las
siguientes reglas:
a) Se decidirán por sorteo, a efectos exclusivos del concurso, los resultados de los
partidos no computados en la jornada, aunque en tal caso se encontraran los 15
partidos del boleto.
b) El sorteo de los partidos combinables sujetos a este sistema se efectuará por su
orden correspondiente. Para cada uno de ellos se introducirán en un bombo cien
bolas.
c) Estas bolas serán de los colores rojo, azul y amarillo. Una bola roja indicará la
victoria del equipo consignado en primer lugar del encuentro sorteado. Una bola
azul indicará el empate. Una bola amarilla indicará la victoria del equipo
consignado en segundo lugar.
d) El número de bolas de cada color corresponderá a los tantos por ciento de los
signos pronosticados por los participantes, en cada uno de los partidos no
computados en la jornada, registrados en el sistema central, redondeando por
exceso o por defecto los decimales. Loterías y Apuestas del Estado, previamente a
la realización del sorteo, dará a conocer los tantos por ciento de los signos
pronosticados por los participantes en cada uno de los partidos no computados en
la jornada por los medios públicos a su alcance.
e) Si no se alcanzan las cien bolas se procederá a redondear por exceso aquel
porcentaje de la frecuencia que tenga una fracción decimal superior. En este
supuesto, si además esta fracción decimal resultara exactamente igual en dos o en
los tres porcentajes, se aplicará el siguiente criterio: se redondeará por exceso el
porcentaje del «1» cuando coincida con el de la «X» y/o con el del «2», se redondeará
por exceso el porcentaje de la «X» cuando coincida con el del «2».
f) La bola que se extraiga en cada sorteo determinará el resultado del encuentro a los
efectos de esta norma.
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g) Para el sorteo del partido correspondiente al Pleno al 15 no computado se utilizará
un bombo. En el bombo se introducirán cien bolas.
h) Estas bolas serán de los colores blanco, rojo, amarillo y verde. Una bola blanca
indicará que no se han marcado goles, es decir, su significado es cero goles. Una
bola roja indicará que se ha marcado un gol. Una bola amarilla indicará que se han
marcado dos goles. Una bola verde indicará que se han marcado M goles, es decir,
tres o más de tres goles.
i) El número de bolas de cada color corresponderá a los tantos por ciento de los
signos pronosticados por los participantes a cada equipo, en el partido del Pleno al
15 no computado de la jornada, registrados en el sistema central, redondeando
por exceso o por defecto los decimales. Loterías y Apuestas del Estado,
previamente a la realización del sorteo, dará a conocer los tantos por ciento de los
signos pronosticados por los participantes a cada equipo en el partido del Pleno al
15 no computado en la jornada por los medios públicos a su alcance.
j) Si no se alcanzan las cien bolas se procederá a redondear por exceso aquel
porcentaje de la frecuencia que tenga una fracción decimal superior. En este
supuesto, si además esta fracción decimal resultara exactamente igual en dos, en
tres o en los cuatro porcentajes, se aplicará el siguiente criterio: se redondeará por
exceso el porcentaje del «0» cuando coincida con el del «1» y/o con el del «2» y/o
con el de la «M», se redondeará por exceso el porcentaje del «1» cuando coincida
con el del «2» y/o con el de la «M», se redondeará por exceso el porcentaje del «2»
cuando coincida con el de la «M».
k) Una vez introducidas las bolas en el bombo de acuerdo a lo indicado en los puntos
h), i) y j), se procederá a extraer una bola del bombo, esta bola determinará los
goles a asignar al equipo consignado en primer lugar en el partido del Pleno al 15
no computado. Seguidamente se procederá a introducir de nuevo las bolas en el
bombo de acuerdo a lo indicado en los puntos h), i) y j), una vez introducidas las
bolas se procederá a realizar una segunda extracción del bombo, la bola sacada
en esta segunda extracción determinará los goles a asignar al quipo consignado en
segundo lugar en el partido del Pleno al 15 no computado. Las dos bolas así
extraídas en el sorteo determinarán el resultado del encuentro a los efectos de esta
norma.
l) El sorteo para determinar los resultados de los encuentros no computados, se
celebrará dentro del periodo que establece la norma 37ª. Tendrá carácter público y
la mesa se constituirá al menos con dos miembros: un Presidente, que será el
Director de Operaciones de Juego de Loterías y Apuestas del Estado o persona en
quien delegue, y un Interventor o Fedatario Público, quienes levantarán acta de
que las operaciones se han celebrado de acuerdo a estas normas.
39ª. Para determinar el acierto de cada pronóstico se considerará como resultado de
cada partido que interviene en el concurso, el obtenido en el terreno de juego en el
momento en que el árbitro lo dé por finalizado, ya sea por haber llegado a su
término, incluida la prórroga, en su caso, o por haber sido suspendido, aunque
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posteriormente las instituciones deportivas anulen el resultado o tomen cualquier
otra decisión sobre el mismo. No obstante, si el partido suspendido se reanudara
dentro del período establecido en la norma 37ª, se considerará como resultado el
obtenido en el momento en que el árbitro lo dé por finalizado.
En ningún caso se tendrá en cuenta mayor validez de goles en campo contrario,
serie de penaltis, de saques de esquina, o cualquier otra circunstancia tenida en
cuenta para decidir el resultado que no sea la contenida en el párrafo anterior.
40ª. Loterías y Apuestas del Estado no está obligada a hacer públicas las alteraciones
que pudieran producirse y que den lugar a modificaciones que afecten a la fecha de
la celebración de los partidos, horario o cambio de lugar donde deben disputarse.
No obstante, si ello provocara la aplicación de la norma 37ª, Loterías y Apuestas
del Estado, una vez tenga conocimiento oficial de esa alteración, procederá a
ponerlo en conocimiento de los participantes.
Capítulo Segundo
REPARTO DE PREMIOS
41ª. Formada la apuesta ganadora con los resultados de los partidos, dará comienzo el
escrutinio de todas las apuestas validadas que participan en el concurso para
asignar los premios que correspondan a cada una por coincidencia entre la apuesta
ganadora y los pronósticos que constan en las apuestas participantes. Sólo podrá
percibirse un premio por apuesta.
42ª. 1.- Con todas las apuestas que han participado, se generará en los sistemas
centrales informáticos un fichero con las premiadas, clasificadas por categorías de
premios.
2.- Desde los sistemas centrales informáticos se remitirá informe a la Junta Superior
de Control y a los servicios de escrutinio con detalle del número de premios por
categorías que corresponde a cada concurso.
43ª. La Junta Superior de Control, finalizadas las comprobaciones, procederá,
nuevamente, al archivo y custodia de los soportes informáticos.
Capítulo Tercero
PAGO DE PREMIOS
44ª. Los premios se pagarán por los puntos de venta y por las entidades bancarias
expresamente autorizadas por Loterías y Apuestas del Estado, en las condiciones
que la misma determine.
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45ª. 1.- Los premios se pagarán a partir del día hábil inmediato siguiente a la finalización
del concurso en que han participado las apuestas.
2.- Para que se abone el importe de un premio se precisa la entrega del resguardo,
reservándose Loterías y Apuestas del Estado, si lo estima necesario, el derecho de
exigir la identificación a la persona que presente al cobro dicho resguardo.
46ª. 1.- Si se interpusiera ante la jurisdicción ordinaria el procedimiento correspondiente
por la titularidad de un resguardo premiado, y por ésta fuere ordenada la
paralización del pago de un premio antes de que se hubiese satisfecho al
presentador del resguardo, Loterías y Apuestas del Estado ordenará suspender el
pago del premio hasta que recaiga resolución firme en dicho procedimiento. En los
demás casos, el pago hecho por Loterías y Apuestas del Estado al portador del
resguardo le eximirá de toda responsabilidad.
2.- En el supuesto previsto en el primer inciso del párrafo anterior, no será de
aplicación lo que la norma 48ª dispone respecto del día inicial del plazo de
caducidad, y éste comenzará a contarse desde que se notifique la resolución firme
que se dicte en dicho procedimiento.
3.- Loterías y Apuestas del Estado no asumirá obligaciones por convenios
concertados por terceros con la persona que presente al cobro el resguardo.
47ª. Excepcionalmente, el órgano de administración de SELAE, o la persona u órgano
en que éste tenga delegadas las correspondientes facultades, podrá ordenar, a
petición de los participantes, el pago sin la presentación del resguardo siempre que
se aporten datos suficientes que identifiquen indubitadamente al reclamante como
la persona que presentó para su validación el boleto.
48ª. Los premios caducarán una vez transcurridos tres meses, contados de fecha a
fecha a partir del día siguiente a la fecha del concurso en el que han participado las
apuestas, salvo que se tenga que aplicar lo estipulado en el apartado 2 de la
norma 55ª.
TÍTULO VII
Capítulo Primero
RECLAMACIONES ANTE LOTERÍAS Y APUESTAS DEL ESTADO
49ª. Todo poseedor de un resguardo que contiene apuestas con derecho a premio y que
al presentarlo al cobro fuera informado de que no tiene premio, que ya está cobrado
o que existe alguna otra causa que impida su pago, podrá presentar la
correspondiente reclamación ante Loterías y Apuestas del Estado.
50ª. En cualquier reclamación bien sea por medio del impreso que Loterías y Apuestas
del Estado pone a disposición de los participantes o por cualquier otro medio
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admitido en derecho, se hará constar la fecha del concurso o jornada, así como
todos los números de control que figuren en el anverso y reverso, en su caso, de
los resguardos, siendo conveniente adjuntar copia del resguardo.
51ª. La mera tenencia de un resguardo no da derecho a que se estime la reclamación
de un premio si los pronósticos no han sido registrados en los soportes de los
sistemas centrales informáticos de acuerdo con lo establecido en la norma 10ª.
52ª. 1.- El órgano de administración de Loterías y Apuestas del Estado, o la persona u
órgano en que éste tenga delegadas las correspondientes facultades, previa
consulta a la Junta Superior de Control, procederá a resolver las reclamaciones
formuladas.
2.- El órgano de administración de Loterías y Apuestas del Estado, o la persona u
órgano en que éste tenga delegadas las correspondientes facultades, resolverá las
reclamaciones formuladas en el plazo de un mes contado desde que éstas hubieran
sido recibidas en Loterías y Apuestas del Estado y las comunicará a los
reclamantes.
53ª. El plazo para la presentación de reclamaciones será de tres meses, contados de
fecha a fecha a partir del día siguiente a la fecha del concurso en el que han
participado las apuestas contenidas en el resguardo.
Capítulo Segundo
RECLAMACIONES ANTE LA DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN DEL JUEGO
54ª. Todo participante, por el hecho de participar en los concursos de pronósticos,
somete las acciones que pudieran derivarse de este hecho a la decisión que adopte
Loterías y Apuestas del Estado, de acuerdo con la normativa vigente.
55ª. 1.- Las decisiones que, en relación con las reclamaciones de los participantes,
adopte Loterías y Apuestas del Estado, o la falta de comunicación en el plazo de un
mes contado desde que la reclamación tuvo entrada en Loterías y Apuestas del
Estado, podrán ser objeto de reclamación ante la Dirección General de Ordenación
del Juego.
2. El plazo de caducidad del derecho al cobro de los premios, no obstante lo
estipulado en la norma 48ª, quedará interrumpido desde la fecha de recepción de la
reclamación en Loterías y Apuestas del Estado hasta la fecha en la que ésta
hubiera comunicado su decisión al reclamante, o en su caso, hasta la notificación
de la resolución por la Dirección General de Ordenación del Juego.
56ª. Todos los plazos previstos en las presentes normas están determinados por la
fecha de celebración del concurso en que participa cada resguardo. Si como
consecuencia de la aplicación de la norma 37ª el concurso terminara el día
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inmediato posterior al de la fecha de la jornada, se entenderán ampliados todos los
plazos en un día.
NORMA FINAL
57ª. 1.- En todo lo no previsto en las presentes normas se estará a lo que disponga
Loterías y Apuestas del Estado para su aplicación e interpretación, siendo, en todo
caso, aplicable la normativa vigente para los juegos del Estado.
2. A efectos de los concursos de pronósticos de La Quiniela, en materia de
reclamaciones, telegramas y demás comunicaciones relativas a cualquier
procedimiento se dirigirán a la Dirección de Operaciones de Juego de la Sociedad
Estatal Loterías y Apuestas del Estado, S.A., calle Capitán Haya, 53, 28020,
Madrid, donde radica su domicilio social.
3. Estas normas se publicarán en la página web de SELAE, además podrán
también consultarse en los establecimientos de su red de ventas y en sus
delegaciones comerciales.
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ANEXO II
TABLAS DE COMBINACIONES Y APUESTAS AUTORIZADAS PARA VALIDACION INFORMATICA
— Método Reducido —
REDUCCION PRIMERA REDUCCION SEGUNDA REDUCCION TERCERA
4 Triples) 7 Dobles) (3 Dobles y 3 triples)
COMBINACIONES COMBINACIONES COMBINACIONES
Dobles Triples Apuestas Dobles Triples Apuestas Dobles Triples Apuestas
– 4 9 7 – 16 3 3 24
– 5 27 7 1 48 3 4 72
– 6 81 7 2 144 3 5 216
– 7 243 7 3 432 3 6 648
– 8 729 7 4 1.296 3 7 1.944
– 9 2.187 7 5 3.888 3 8 5.832
– 10 6.561 7 6 11.664 3 9 17.496
– 11 19.683 8 – 32 4 3 48
1 4 18 8 1 96 4 4 144
1 5 54 8 2 288 4 5 432
1 6 162 8 3 864 4 6 1.296
1 7 486 8 4 2.592 4 7 3.888
1 8 1.458 8 5 7.776 4 8 11.664
1 9 4.374 8 6 23.328 5 3 96
1 10 13.122 9 – 64 5 4 288
2 4 36 9 1 192 5 5 864
2 5 108 9 2 576 5 6 2.592
2 6 324 9 3 1.728 5 7 7.776
2 7 972 9 4 5.184 5 8 23.328
2 8 2.916 9 5 15.552 6 3 192
2 9 8.748 10 – 128 6 4 576
2 10 26.244 10 1 384 6 5 1.728
3 4 72 10 2 1.152 6 6 5.184
3 5 216 10 3 3.456 6 7 15.552
3 6 648 10 4 10.368 7 3 384
3 7 1.944 11 – 256 7 4 1.152
3 8 5.832 11 1 768 7 5 3.456
3 9 17.496 11 2 2.304 7 6 10.368
4 4 144 11 3 6.912 7 7 31.104
4 5 432 12 – 512 8 3 768
4 6 1.296 12 1 1.536 8 4 2.304
4 7 3.888 12 2 4.608 8 5 6.912
4 8 11.664 13 – 1.024 8 6 20.736
5 4 288 13 1 3.072 9 3 1.536
5 5 864 14 – 2.048 9 4 4.608
5 6 2.592 9 5 13.824
5 7 7.776 10 3 3.072
5 8 23.328 10 4 9.216
6 4 576 11 3 6.144
6 5 1.728
6 6 5.184
6 7 15.552
7 4 1.152
7 5 3.456
7 6 10.368
7 7 31.104
8 4 2.304
8 5 6.912
8 6 20.736
9 4 4.608
9 5 13.824
10 4 9.216
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Dobles Triples Apuestas Dobles Triples Apuestas Dobles Triples Apuestas
6 2 64 – 8 81 11 – 132
6 3 192 – 9 243 11 1 396
6 4 576 – 10 729 11 2 1.188
6 5 1.728 – 11 2.187 11 3 3.564
6 6 5.184 – 12 6.561 12 – 264
6 7 15.552 – 13 19.683 12 1 792
7 2 128 1 8 162 12 2 2.376
7 3 384 1 9 486 13 – 528
7 4 1.152 1 10 1.458 13 1 1.584
7 5 3.456 1 11 4.374 14 – 1.056
7 6 10.368 1 12 13.122
7 7 31.104 2 8 324
8 2 256 2 9 972
8 3 768 2 10 2.916
8 4 2.304 2 11 8.748
8 5 6.912 2 12 26.244
8 6 20.736 3 8 648
9 2 512 3 9 1.944
9 3 1.536 3 10 5.832
9 4 4.608 3 11 17.496
9 5 13.824 4 8 1.296
10 2 1.024 4 9 3.888
10 3 3.072 4 10 11.664
10 4 9.216 5 8 2.592
11 2 2.048 5 9 7.776
11 3 6.144 6 8 5.184
12 2 4.096
Combinaciones Combinaciones Combinaciones
Reducción Cuarta Reducción Quinta Reducción Sexta
(2 Triples y 6 Dobles) (8 Triples) (11 Dobles)
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ANEXO III
MODELOS DE BOLETO PARA PARTICIPAR EN LA QUINIELA
Y DE RESGUARDOS EN LA VALIDACION INFORMATICA
VALIDACION INFORMATICA Resguardo de Participación
Boleto para apuestas sencillas
y múltiples por el método Directo
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VALIDACION INFORMATICA Resguardo de Participación
Boleto para apuestas múltiples
por el método de Reducidas
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VALIDACION INFORMATICA Resguardo de Participación
Boleto para apuestas múltiples
por el método de Condicionadas